El pasado martes llegó al Concejo Deliberante una andanada de vetos del Intendente Municipal de Ordenanzas votadas tiempo atrás, algunas mucho tiempo atrás y que curiosamente fueron explicados y defendidos por el Concejal Ariel Ríos a través del multimedios oficialista, quien a las claras está que no tiene ni la más mínima idea del rol que debe cumplir un concejal y qué tiene que hacer como tal.
Un ejemplo de ello es el Decreto 398 del 7 de junio de 2022, que se conoció 91 días después de su firma (si es que se firmó ese día y no se utilizó uno de los números de decretos fantasmas que el Ejecutivo deja libres para eventualidades) respecto a la Ordenanza 4937.
A través de dicho Decreto el Intendente Osvaldo Cáffaro con la complicidad de su Secretario de Gobierno Juan Manuel Arroquigaray vetan el artículo 4 de la norma aprobada basándose en el inciso 2 del artículo 108 de la Ley Orgánica de Municipalidades, cosa por demás curiosa porque esta Ley es violada sistemáticamente por quienes firman el Decreto. Este inciso especifica que entre las atribuciones y deberes del Departamento Ejecutivo se encuentra ‘Promulgar las Ordenanzas o en su caso vetarlas dentro de los diez (10) días hábiles, contados desde su notificación’… pero entre la fecha de la aprobación de la Ordenanza y su veto parcial pasaron 11 días hábiles, realidad que se repite en otros decretos. ¿El Concejo Deliberante no comunica la sanción de las Ordenanzas en el día? ¿El Ejecutivo no cumple las normas como siempre? Todo muy desprolijo. Aunque lo más curioso es la serie de argumentos dados por el Ejecutivo para el veto parcial de la Ordenanza.
Según Cáffaro y Arroquigaray ‘el Proyecto adolece de un vicio insalvable como es el de producir modificaciones en la Ordenanza de presupuesto del ejercicio en curso, la que solo puede tener lugar por iniciativa del Departamento Ejecutivo, por aplicación del principio del paralelismo de las competencias, ya que es el Departamento Ejecutivo el Poder del Estado municipal con competencia exclusiva y excluyente para la formulación del presupuesto y su sometimiento al Deliberativo para su aprobación, por lo cual no puede modificarse el mismo si no es por iniciativa de aquel, ya que ello sería una situación generadora de un grave y serio conflicto de competencia por invasión de las incumbencias de un Poder de Estado por otro’. En criollo, es un problema de guita.
Si la situación fuera tal y como plantean los representantes del Ejecutivo, el accionar del Deliberativo se limitaría tan solo a acciones declarativas y declamativas sin efectos concretos en la realidad gubernamental municipal, puesto que en el sistema capitalista todas las acciones tienen impacto económico. Desde el pedir que se arregle un pozo o el cambio de sentido de una calle, temas que por cierto ocupan gran parte del tiempo de la labor de los concejales zarateños.
En el juego del equilibrio de poderes la cuestión presupuestaria no puede ser impedimento para la realización de algo decidido por el Concejo Deliberante, puesto que el Ejecutivo puede, y de hecho lo hace, reasignar partidas para emprender acciones no previstas… o previstas y encubiertas bajo otros conceptos en el Presupuesto.
La realidad es que no se acepta la Ordenanza porque no se quiere contar con el cargo en cuestión. Porque en ningún lado de la norma se menciona remuneración alguna para el puesto, y el Ejecutivo bien podría reglamentar la norma haciendo que el cargo sea ad honorem. El artículo 4 afirma ‘El defensor municipal de la seguridad ciudadana tendrá rango y jerarquía de Secretario y será designado por el Honorable Concejo Deliberante a propuesta de una terna elevada por el Ejecutivo Municipal’.
Tras la cuestión económica lo que se esconde es que el Ejecutivo no quiere ser controlado, realidad que queda claramente expuesta en el Decreto 613, por el que Cáffaro junto a su esposa y Secretaria General del Municipio Patricia Moyano, veta la Ordenanza 4958 por la que se establecía la obligatoriedad de rendir cuentas de quien ostente el cargo de Jefe de Gabinete ante el Concejo Deliberante.
Argumentan para ello ‘Que tal como lo expresa en el último considerando, se encuentra dentro de las facultades de Cuerpo Deliberativo, solicitar información que considere necesaria, sin embargo ello dentro de los procesos establecidos por normas de rango superior, cuya modificación excede claramente las facultades del Honorable Concejo Deliberante local’, procesos que por cierto incumplen, baste recordar la enorme cantidad de citaciones a reuniones en el Concejo Deliberante a las que los funcionarios locales no asistieron y a la citación de Alejandro Cimiotta a dar explicaciones ante el pleno del Concejo Deliberante sin que se llevara a cabo tal reunión, con la complicidad del oficialismo local. De más está decir que los argumentos esgrimidos por el Ejecutivo no se ajustan a las normas, porque si así fuera solo se podría hacer lo que propone el Ejecutivo, por lo que se cae de tan pobre que es.
Y quien viola la ley de manera cotidiana tienen el tupé de decirle al Concejo Deliberante ‘Que, la imposición de una obligación hacia un Secretario del Departamento Ejecutivo, reitero, implicaría la reforma de normas de rango superior e intentando mantener una interpretación en contrario, debería requerirse para su sanción, al menos, una mayoría calificada’. El mismo que en el Decreto anterior exigía que un Departamento no se entrometiera en las funciones del otro, ahora hace lo que dice que no se debe hacer. Son impresentables.
¿Por qué no quieren rendir cuentas? ¿Por qué no dan la cara? Porque mienten y esconden. Por eso cuando debe tratarse la rendición de cuentas imponen el número y ni siquiera argumentan su posición, posición que obviamente es compartida por la totalidad del Frente de Todos.
A propósito, ¿A nadie le llamó la atención que entre los dos decretos citados transcurrieron 71 días y se firmaron 215 decretos, a razón de casi 3 por día, incluyendo sábados, domingos y feriados? ¿Qué dicen esos decretos? ¿De qué tratan? ¿Seguirán esperando que los muestre o harán lo que tienen que hacer para obligar a su publicación?
Y para el final la frutilla del postre, porque entre las normas vetadas se incluye la Ordenanza 4947 que modificaba los artículos 1 y 5 de la Ordenanza 4848, que quedan redactado ‘de la siguiente manera: A) ARTÍCULO 1º.- Destínese el UNO y MEDIO POR CIENTO (1,5%) de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (ingresos del ejercicio) efectivamente recaudada en cada mes calendario, dentro del período de vigencia de la presente Ordenanza, para gastos operativos de las actividades que prestan los Cuerpos de Bomberos Voluntarios radicados en el Partido de Zárate, conforme la modalidad que seguidamente se especifica. -B) ARTÍCULO 5º.- La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.-‘, y para hacerlo el Intendente menciona que lo hace ‘en uso de las atribuciones que le acuerdan los Artículos 108, inciso 16°, y concordantes del Decreto-Ley 6.769/58’. ¿Qué dice el inciso en cuestión? Que entre los deberes y atribuciones del Departamento Ejecutivo se cuenta el ‘Abrir anualmente las sesiones ordinarias del Concejo Deliberante, dando cuenta del estado general del Municipio y recomendando a la consideración del Concejo las medidas que juzgue necesarias y convenientes’. Las sesiones se abren en marzo, el Decreto se firmó en agosto, como diría mi tío Tito, ¿Qué tiene que ver mi culo con las cuatro témporas?
Es tal el desprecio que Cáffaro tiene por el Concejo Deliberante que ni siquiera se preocupa en ser prolijo en sus comunicaciones al mismo.
En definitiva, se tome el caso que se tome como ejemplo, y se lo analice por donde se quiera analizar, está claro que el Departamento Ejecutivo no quiere que lo controlen, no quiere perder la iniciativa política y prefiere no hacer nada a que lo haga otro, no quiere nada que quede fuera de su control.
Y para la usurpadora Tania Caputo este tipo de proyectos son destituyentes, porque en su visión autocrática de la política, lejos está de entender de división de poderes, equilibrio de poderes, controles y contrapesos para ella, como para la enorme mayoría del Frente de Todos, el ganar una elección les da patente de corso para hacer cuanto quieran. Se ve que de tanto pensar en cómo usurpar una banca perdió la memoria, pero el Frente de Todos perdió la última elección, por lo que debiera rever sus argumentos, amén que el poder en un Municipio lo detentan dos Departamentos diferenciados, realidad que por cierto hasta reconoce el Intendente Cáffaro en sus Decretos, pero en su afán de ser ultraoficialista, Caputo parece olvidar.
El Concejo Deliberante tiene ahora la posibilidad de insistir con la sanción de las Ordenanzas, y un gesto político sería que lo haga en una sesión especial llamada al efecto para que el Departamento Ejecutivo entienda el mensaje con claridad. El gobierno municipal se compone de dos Departamentos, y le guste o no al Intendente Cáffaro, la realidad es esa. ¿Estarán dispuestos a hacerlo?
Nuestros concejales serán honestos y consecuentes o ¿Actuarán como marxistas?… de los de Groucho, claro.
¿Entenderá el Intendente que, más allá de los vetos, los que gobiernan son los votos y no las botas?
Nota: No se incluyó entre las normas vetadas la Ordenanza 4843 sancionada el pasado 16 de junio (lo que son las vueltas de la historia) por el que se impone ‘a los carriles centrales de la Av. Antártida Argentina el nombre de María Eva Duarte de Perón. Sin embargo el pasado 1 de septiembre el Ejecutivo local comunicó que ‘dio inicio a la vacunación pediátrica libre, gratuita y voluntaria para niños y niñas de entre 6 meses y 2 años de edad inclusive […] en el horario de 9 a 14 hs: – Hospital Intermedio Municipal Dr. René Favaloro (Avenida Antártida Argentina y Calle 44)’. A las claras está que el Ejecutivo incumple la Ordenanza 4843, ¿Hará algo el Concejo Deliberante o, como con todas las restantes Ordenanzas que incumple el Intendente Cáffaro mirará para el costado y seguirá siendo cómplice de la violación de normas?











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