El pasado 13 de septiembre el Intendente Municipal firmó una nota en la cual le enviaba al Presidente del Honorable Concejo Deliberante del Distrito, Ariel Ríos, el Proyecto de Declaración del Estado de Emergencia Pública territorial del Partido de Zárate, un eufemismo para solicitar que se le dé la suma del poder público, para poder hacer y deshacer a su antojo sin tener que rendir cuentas a nadie, o sea como ahora pero con amparo legal. Pero hay algo más, la posibilidad de poder redestinar partidas presupuestarias sin tener que explicar el porqué de su accionar, es decir, erigirse como un verdadero dictador municipal con sustento legal.
El proyecto ingresó al HCD el viernes pasado, día de la primavera, y según se comenta en los pasillos del deliberativo, se intentó tratar sobre tablas. Un disparate.
¿Y por qué hablamos de suma del poder público, de dictadura municipal, de golpe de estado? Sencillamente por lo que dice el Proyecto en cuestión que lleva por número el 316/18 del HCD y el 6198/18 del DEM y que según se informa en la página web del propio HCD se giró a la Comisión de Presupuesto y Hacienda, aunque en realidad se giró a esa comisión y a Legislación e Interpretación.
Aunque no se ha publicado ni en la web del HCD ni se ha puesto a disposición de la ciudadanía, contamos con el texto en discusión. Es lógico que hayan girado el proyecto a la Comisión de Presupuesto y Hacienda, puesto que lo único que les importa es el dinero. No la enviaron a todas las Comisiones como hubiere correspondido. Bienestar Social debiera haber sido la Comisión principal a la que debieran haberlo enviado, que sin dudas debe expedirse sobre un proyecto de semejante calado, pero evidentemente prefieren el trámite express.
Si bien pondremos al alcance de todos en la web el mamarracho que envió el Intendente Municipal, desgranaremos en las próximas líneas la parte central del Proyecto con el objetivo de alertar a la población de los manejos que se están realizando a sus espaldas.
En primer lugar cabe decir que Cáffaro envía un ‘Proyecto de Ordenanza de Creación de Declarar el Estado de Emergencia Pública territorial del Partido de Zárate’ (sic), y en este punto no queda claro si el Intendente lee lo que firma y, si lo hace, si tiene la inteligencia suficiente para comprender lo que lee, porque queda claro que la redacción es pésima y no queda claro si quiere crear o declarar algo, lo más probable es que en el afán de trabajar poco, se haya tomado como base un texto anterior y se olvidaron de borrar una parte. Este texto, que el DEM envía al Presidente del HCD, es enviado por la Jefa de Gabinete Florencia Diez a la Dirección del Vecino y el Departamento Mesa de Entradas Municipal, y en su texto la funcionaria solicita la registración del ‘Proyecto de Ordenanza – Declarar el Estado de Emergencia Territorial en el Partido de Zárate’, es decir, ya no crea nada ni es pública, como firmó el Intendente. ¿Por qué la Jefa de Gabinete contraría a Cáffaro? ¿Por qué un mismo Proyecto propone cosas diferentes para el Intendente y su Jefa de Gabinete?
Es decir, antes de poder discutir el fondo del proyecto propuesto por el Intendente, si los concejales tienen un poco de amor propio deberían rechazarlo de plano y exigir una correcta redacción ajustada a la realidad, porque las inexactitudes que contiene son abrumadoras. ¿Pero quién le pone el cascabel al gato y le dice al Presidente del Concejo que su Jefe es un ignorante?
Al adentrarse en el Proyecto propiamente dicho en lugar de encontrar certezas, se encuentran más dudas. Inicialmente, en el acápite de los Vistos se hace referencia a dos Ordenanzas, la 4643 y la 4644. La primera corresponde al Fondo Municipal Especial de Ayuda para el Fomento al Empleo, la segunda a la Declaración de Emergencia Sanitaria en el Distrito. Teniendo en cuenta que es el punto de partida en que se basa el Proyecto, sería oportuno conocer ¿cómo se aplicaron y qué consecuencias trajeron el dictado de ambas Ordenanzas? Pero nada se sabe al respecto, como de tantas otras cosas en las cuales el Departamento Ejecutivo se maneja con oscurantismo extremo y sin dar explicaciones. De hecho no responden, ni él ni sus funcionarios, los pedidos de informes aprobados en el HCD. ¿y los concejales? Bien, gracias.
Una vez rechazado el proyecto por lo explicado anteriormente, para analizar y proponer ideas que enriquezcan este Proyecto es necesario contar con información, porque está plagado de lugares comunes y frases hechas que no dicen nada. Hay muchas definiciones de tipo cualitativo, cuando la fundamentación del texto debe ser de tipo cuantitativo. Es decir, no se debe pedir la Emergencia porque hay menos empleo o más problemas laborales, sino que se debe fundamentar en datos contrastables empíricamente, no debe ser una cuestión de opiniones, sino que tiene que imponerse por la contundencia de la documentación.
Y a medida que se avanza en la lectura, cada vez es más explícita la incapacidad de quienes redactaron el proyecto y de quienes lo avalaron con su firma, vayamos a algunos ejemplos concretos.
Se enumeran 48 considerandos, que en realidad son 46 porque hay dos que están repetidos. Sí, leyó bien, en los considerandos se repiten dos párrafos. Evidentemente han hecho copiar y pegar en la computadora en la que se redactó el texto pero se olvidaron de borrar la parte duplicada, a menos que, como en la escuela, crean que las cosas se aprenden por repetición… quizás así aprendieron ellos cuando les costaba hacerlo. Y de los 46 restantes hay uno, por ejemplo, el 11 en el que el Ejecutivo Municipal afirma que ‘el Decreto 757/2018 […] elimina el Fondo Federal Solidario’, cuando en realidad este Decreto no elimina ningún fondo sino que modifica el régimen de retenciones. Le erraron. La Subsecretaría Legal y Técnica, dependiente de la Jefa de Gabinete no informó correctamente. Para ser claros, fundamentan sus propuestas en textos legales inexistentes. Ni siquiera el apuro por presentarlo puede ser excusa, ya que la propia Municipalidad y sus funcionarios han expuesto públicamente que la Emergencia Territorial ya se está aplicando en el Distrito, tal como se menciona en la cuenta de Twitter de la Secretaría de Salud Municipal, que el 30 de agosto pasado mencionara que estaban llevando adelante el ‘Plan de Emergencia Territorial’.
Pero avancemos porque hay más, porque cuando uno cree que ya vio y leyó todo lo posible, el Intendente Cáffaro nos demuestra que puede ser peor.
En el considerando 13 se afirma que ‘la alimentación es un derecho humano consagrado en […] la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989’, mientras que la citada Convención en ninguna parte de su articulado consagra tal derecho. El considerando 35 afirma que ‘el Hábitat digno es un derecho constitucional consagrado en nuestra Constitución Nacional’. Otra mentira, ya que nuestra Carta Magna no consagra tal derecho de manera explícita sino a través de los Tratado internacionales incorporados con rango constitucional. ¿Otra vez erraron los asesores y funcionarios o le dieron el texto de lo que tenían que presentar y no tuvieron la delicadeza de chequearlo?
Pero hay más estimado lector, y de gravedad inusitada. En el considerando 16 se cita, copiando burdamente la gacetilla de prensa de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, que un ‘estudio realizado conjuntamente entre la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires y el Observatorio de la Deuda Social Argentina de la UCA que mide datos del último trimestre del año 2017, en 30 partidos del Área Metropolitana de Buenos Aires’ y aunque usted no lo crea, Zárate no es uno de los 30 Distritos estudiados. Es decir, se fundamenta la gravedad de la situación en Zárate a partir de información de otros Distritos, situación que se repite en el Considerando 34 cuando se apela a estadísticas del inexistente Ministerio de Salud de la Nación, cuando se pretende explicar la realidad local a partir de datos nacionales, cuando la población del Distrito representa aproximadamente el 0,45% de la población del país. Poco serio realmente.
Pero la falta de seriedad y escrúpulos se repite, por ejemplo, en el Considerando 41 cuando se copia textualmente la definición del Sistema de Información Geográfica publicada en internet por USPAE INECOL de México, sin citar la fuente… a menos que sean los mexicanos quienes plagian a nuestro lord mayor.
También se pueden enumerar errores ortográficos, gramaticales, de redacción, la inexistencia de información concreta que sustente las afirmaciones que livianamente se lanzan ni las acusaciones que se hacen, accionares sumamente lamentables e inapropiados para un Intendente Municipal y su Jefa de Gabinete que, con su firma, avala el texto presentado.
Lo que se exprese en los Considerandos de un proyecto es muy importante porque refleja cuál es el sentido y el porqué de los fundamentos que tienen los ediles para dictar la norma.
Podríamos seguir y seguir, pero se puede consultar en nuestra web el texto con las observaciones que hemos efectuado y que ponemos a disposición de todos los ediles para su análisis previo a su tratamiento.
Pasando ahora a la parte declarativa del Proyecto de Ordenanza, no encontramos mejores perspectivas, puesto que, por ejemplo, en su artículo 1 se declara el Estado de Emergencia Territorial por 1 año, y se autoriza al DEM a extenderlo 6 meses por única vez, es decir, se le da la posibilidad de decidir sobre el próximo gobierno municipal, algo ilógico a todas luces, como lo es que en el artículo 2 se plantee la ‘Emergencia en la Salud Pública’ cuando, tal como se expresó en los Vistos del Proyecto, ya hay vigente una Emergencia Sanitaria que es más abarcativa que la Emergencia aquí propuesta.
Pero vayamos específicamente a los dos artículos centrales del Proyecto y que son la razón de ser del mismo, los artículos 7 y 8.
En el artículo 7 se afirma ‘Facúltese al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones de partidas y ajustes presupuestarios que sean necesarios dentro del cálculo de recursos por ingresos provenientes, tanto de Jurisdicción Municipal como de Otras Jurisdicciones, a los efectos de aumentar y profundizar las acciones orientadas a atender las necesidades básicas, de población en situación de alta vulnerabilidad, dada las emergencias declaradas en los artículos primero y segundo’.
Este es el corazón del Proyecto. Osvaldo Cáffaro pretende erigirse en el Todopoderoso del Municipio para hacer y deshacer a gusto y antojo sin tener que someter su accionar al control deliberativo. Esto de por sí es peligrosísimo, y en un año electoral como será el próximo y en manos de un Intendente inescrupuloso y poco apegado a las normas legales, dados sus antecedentes en la materia y fallados por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, es más peligroso aún. Para ser claros, Cáffaro pide que le autoricen poder tirar a la basura lo decidido por los representantes del pueblo respecto al Presupuesto Municipal – Ejercicio 2018 y 2019, para decidir de manera unilateral sobre cómo, en qué y cuánto dinero gastar, pero para peor no sólo ello, sino también hacerlo extensivo al dinero que se le gire desde la Provincia y la Nación, aunque siga diciendo que gobierna ‘con lo nuestro’. Propone el funcionamiento de un Estado absolutista, y ser él el máximo responsable.
De la mano del artículo 7, y demostrando que no está solo en esta cruzada, en el artículo siguiente expone ‘Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar, a partir de aprobación de la presente, las contrataciones directas de todos aquellos productos, bienes y/o servicios orientados a atender las necesidades básicas de alimentación, salud, Hábitat y empleo de la población en situación de vulnerabilidad, con especial atención a adultos mayores, adultos en situación de calle, niños, niñas y adolescentes, mientras dure las emergencias declaradas en los Artículo 1° y 2° de la presente Ordenanza’. Amén de los groseros errores de redacción, está claro que lo que propone aquí es un capitalismo de amigos, a quienes les podría otorgar las contrataciones directas, obviando el obligatorio control que debe hacer el Concejo Deliberante. Pero la realidad es que el Concejo Deliberante no controla nada, el Intendente Municipal se sobre excitó ante esta realidad y va por más, va por todo.
¿Será que Osvaldo Cáffaro querrá convertirse en el Duce local, promoviendo al igual que Mussolini ‘El pueblo es el cuerpo del Estado, y el Estado es el espíritu del pueblo. En la doctrina fascista, el pueblo es el Estado y el Estado es el pueblo. Todo en el Estado, nada contra el Estado, nada fuera del Estado.’, y obviamente él es la representación del Estado?
Se puede producir un quiebre en la historia de Zárate. Está en la responsabilidad de los 20 concejales del Partido de Zárate la posibilidad de implantar una dictadura o denunciar a quien pretende erigirse en dictador.
Yo acuso ante la conciencia de la ciudadanía del Partido de Zárate al Intendente Municipal Osvaldo Raúl Cáffaro de pretender dar un autogolpe de estado para acopiar en su persona la suma del poder público.
¿Qué harán Ana Laura ALLEMANN, Eduardo AMADO, José BUGATTO, Lucas CASTIGLIONI, Ramón Antonio FERNANDEZ, María Elena GALLEA, Rodrigo GARCÍA OTERO, Irene GUEHENNEUF, Julián GUELVENZÚ, Ángel LAVIE, Marcelo MATZKIN, Gustavo MORÁN, Micaela MORÁN, Vanesa PALERMO, Ariel RÍOS, María Haydeé ROMERO, Walter UNREIN, Marcelo VACCAIANI, Carina ZARZYCKI, Silvio ZURZOLO?
El oficialismo no tiene siquiera ediles suficientes para garantizar el inicio de la sesión, ¿quiénes serán los idiotas útiles de turno esta vez? Y si se lograra el ansiado quorum, tampoco tienen posibilidad de imponer el apoyo al proyecto, ¿quiénes serán los cómplices del golpe de estado municipal legal? ¿Serán los mismos de siempre, es decir el peronismo en sus variadas versiones o esta vez se sumarán los ‘opositores de Cambiemos’, o algunos de los concejales PRO como en otras oportunidades?
Deberán rendir cuentas de su accionar a sus votantes, a su conciencia y eventualmente, a la Justicia.
Publicado en El Debate, Zárate.
http://www.eldebate.com.ar/osvaldo-caffaro-quiere-que-lo-dejen-ser-dictador/
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