Además de lo que prescribe el artículo 80 de la Ley Orgánica de Municipalidades, que especifica que ‘Toda la documentación del Concejo estará bajo la custodia del Secretario.’, el Reglamento Interno del Concejo Deliberante le dedica un curioso Título, el Título IV que consta tan solo de un artículo, el 11, a la labor del Secretario del Concejo Deliberante. Allí se reseñan cuales son las obligaciones de quien ocupe dicho cargo.
‘ARTÍCULO 11º.- Son sus obligaciones, además de lo prescripto en los Art. 79º y 80º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, las siguientes: a) Redactar el Acta de cada Sesión, salvando al final de cada una de las interlineas, raspaduras y enmiendas que contenga. b) Practicar el escrutinio de las votaciones nominales, anunciando su resultado, con el número de votos en pro y en contra. c) Practicar el escrutinio de las votaciones por signo, anunciando su resultado, con el número de votos en favor, de votos en contra y de abstenciones.- d) Organizar las publicaciones que se hicieren por orden del Concejo y desempeñar los demás trabajos que, en uso de sus facultades, le dicte el Presidente. e) Refrendar todos los documentos. f) Autorizar las actas de cada sesión, después de ser aprobadas por el Concejo y firmadas por el Presidente. g) Conservar cuidadosamente toda la documentación del Concejo. h) Disponer y distribuir el trabajo de la Secretaría y demás dependencias de la casa, según las necesidades de servicio, entre el personal de empleados y ordenanzas, teniendo sobre éstos, superioridad jerárquica y facultad para adoptar medidas disciplinarias en consulta con el Presidente. i) Confeccionará con la supervisión del Presidente, el Orden del Día a tratar en cada Sesión. j) Comunicará por escrito el Orden del Día de cada Sesión, a los Concejales con veinticuatro horas de antelación. k) Deberá estar presente en todas las reuniones del Concejo y días de reuniones de comisiones.- l) Expresará en el Acta, el lugar en que se hubiere celebrado la Sesión, la hora de la apertura y clausura. La norma marginal de los Concejales presentes y los que han faltado con aviso o sin el, o con licencia; la aprobación del Acta anterior, correcciones y observaciones, la distribución de los asuntos de que haya dado cuenta y las Resoluciones recaídas sobre los mismos. La forma en que ella tomaron parte y anotando sus principales fundamentos. Al efecto de la consideración del Acta anterior deberá el Secretario enviarla a los Concejales en el tiempo previsto en el inciso J) de este artículo. m) Cuidará del arreglo y conservación del Archivo General del Concejo. n) En los casos de enfermedad, ausencia o separación del Secretario será sustituido por un Secretario nombrado por el Cuerpo o) En caso de separación se procederá de acuerdo al Art. 74º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades. p) La función del Secretario del Honorable Concejo Deliberante, tendrá la misma jerarquía que los Secretarios del departamento Ejecutivo.-‘
Esto es lo que plantea ‘la teoría’, veamos la labor de Martín Lipszyc, el Secretario del Concejo Deliberante de Zárate, en ‘la práctica’.
Amén de ciertos errores durante el desarrollo de las sesiones, nos centraremos en la documentación de la cuál es el custodio.
Hemos mencionado el caso de la Ordenanza 5059, promulgada por el Intendente Matzkin a través del Decreto 1214/2023. La ordenanza está plagada de errores y ni siquiera cuenta con la firma del Secretario Lipszyc, es decir incumplió el punto e) del artículo 11 del Reglamento Interno, pero nada ocurrió.
Veamos ahora lo que ocurre con los Decretos emanados del Concejo Deliberante.
Martín Lipszyc, quien curiosamente vive en Campana, fue nombrado como Secretario del Cuerpo el 12 de diciembre de 2023 por el Decreto 1981:
Pero antes de ser Secretario, y como tal, firmó los Decretos 1969 a 1980, algo ilegal. Insensato. Aunque la ilegalidad no se detuvo allí.
Lipszyc firmó el Decreto 1970, que no solo tiene mal consignado el número de documento de Ana Laura Allemann y es anterior a su nombramiento, sino que además es del día anterior… y Lipszyc lo firma. Lo cual hace pensar si el secretario lee lo que firma o si realmente es él quien firma.
¿Lee lo que firma? ¿Comprende lo que lee? ¿Es conocedor de las consecuencias de sus actos?
Tenemos dudas al respecto, porque además son numerosos los casos en los que su apellido está mal escrito y sin embargo él firma… o será que firma alguien en su lugar.
Lipszyc también firmó el Decreto 1971 por el que elevan ‘a partir del día 10 de diciembre de 2023, a la Categoría de DIRECTOR LEGISLATIVO del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE del Partido de Zárate (Planta Permanente) al Agente JOSE LUIS SILVESTRIN, titular del D.N.I. N° 14.166.808, Legajo N° 7374.’…
Pero como ya vimos, con posterioridad Silvestrín, como Secretario Administrativo del Concejo Deliberante, cargo que ya no ostentaba, firma el Decreto de designación de Lipszyc, quien a su vez había firmado para elevar de cargo a Silvestrín… se rompe la Matrix, o el meme del hombre araña se basó en lo que ocurre en el Concejo Deliberante de Zárate.
Además de errores en los nombres, los cargos, los números de documentos, y el caso que mencionamos ayer de haber avalado la sustitución de concejales al margen de la ley, avala todo con su firma cómplice junto a la de Walter Unrein.
¿Martín Lipszyc está a la altura de las circunstancias para ser Secretario del Concejo Deliberante de Zárate?
Estoy convencido que no.
‘Reproduzca esta información, hágala circular por los medios a su alcance: a mano, a máquina, a mimeógrafo, oralmente. Mande copias a sus amigos: nueve de cada diez las estarán esperando. Millones quieren ser informados. El terror se basa en la incomunicación. Rompa el aislamiento. Vuelva a sentir la satisfacción moral de un acto de libertad. Derrote el terror. Haga circular esta información’.
RODOLFO WALSH – AGENCIA CLANDESTINA DE NOTICIAS

1 comentario
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