Mucho hemos hablado en estas páginas sobre la nula transparencia en el proceder del Municipio y la imposibilidad de acceder a la normativa vigente que, paradójicamente, es la que rige nuestro accionar cotidiano. Así, entre otras cuestiones, desconocemos el centenar de decretos que firmó el Intendente durante el año 2020 y lo que va del 2021.
Uno de ellos, es el Decreto 75/2021 por el cual el Intendente Municipal Osvaldo Cáffaro, con la refrendación de su Secretario de Gobierno Juan Manuel Arroquigaray, autorizan ‘el desarrollo de la actividad gastronómica a los establecimientos Río Eventos (sito en Larrea N°928) y Lola Eventos (sito en 19 de Marzo N°150) de acuerdo a la normativa vigente y conforme al estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios en marco de la Emergencia Sanitaria por la Pandemia Covid19’, por ello el pasado 27 de febrero, dos semanas después de la firma del Decreto que vaya uno a saber dónde fue publicado, los propietarios de uno de los salones de fiestas publicitaba en las redes la posibilidad de utilización del mismo.
Este Decreto es una versión a medida para estos sitios del Decreto 531/2020 del 15 de septiembre pasado en el que se estipulaban las condiciones para el funcionamiento de los ‘locales gastronómicos y locales gastronómicos en la Costanera’ Eduardo Buscaglia.
Ahora bien, ¿Quiénes son los propietarios de Río Eventos? Según el conocimiento popular el dueño es Walter Unrein, concejal de Juntos por el Cambio. ¿Será así? Imaginamos que sí porque hay un mail a su nombre para contactarse.
Es curioso que la promoción del salón sea con una imagen de baile y se mencione el concepto de fiesta cuando el predio fue autorizado funcionar para actividades gastronómicas, y según el Protocolo correspondiente al que el propio Decreto remite.
Al revisar la página web del Municipio aparecen cosas curiosas, porque oh surprise, ¿Qué se encuentra uno al revisar la página municipal? El Decreto 117/2021 – Actualización de horarios en comercios gastronómicos y locales de nocturnidad que tiene dos cuestiones particulares para lo que estamos abordando aquí. La primera de ellas es que en su Artículo 1 menciona que la ‘CATEGORIA VI: Salones de fiestas y salones fiestas infantiles, salones de fiestas de instituciones o clubes, no autorizados a la apertura aún.’, y sin embargo Río Eventos, ¿El concejal Walter Unrein?, promocionan el sitio para fiestas. La segunda, en el Artículo 2 se afirma que ‘Las actividades y servicios autorizados por el ARTICULO 1° del presente quedan sujetas al cumplimiento de los protocolos que aprueben, en virtud de sus competencias, las diferentes jurisdicciones de la Provincia, previa intervención del Ministerio de Salud, según lo establecido por el Artículo 2° del Decreto 604/2020 de la Provincia de Buenos Aires’, lo curioso del caso es que dicho decreto provincial está derogado por el Decreto 689/2020 que a su vez también está derogado por el Decreto 701/2020, que también está derogado, en este caso por el Decreto 771/2020 y modificado por el Decreto 774/2020. En definitiva el municipio debería actualizar su información si pretende que la ciudadanía la cumpla.
Ahora bien, cabe entonces preguntarse qué dice el Protocolo para el funcionamiento de este tipo de comercios de eventos. Lo primero que menciona es la fecha de su realización, el 10 de junio de 2020, es decir, es un protocolo para una realidad muy diferente a la actual, puesto que pese a que se menciona que son Protocolos para la aplicación en el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), la fecha de este protocolo en cuestión es cuando Zárate aún estaba bajo el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), pero al fin de cuentas es el que hay que respetar puesto que el Decreto de habilitación menciona que ‘La autorización otorgada en el Artículo 1° del presente decreto queda sujeta al cumplimiento del protocolo sanitario y de funcionamiento aprobado para dicha actividad, publicado en la página web de la Municipalidad de Zárate’, es decir el Protocolo disponible en http://www.zarate.gob.ar/wp-content/uploads/2020/07/Gastronomia.pdf
El Protocolo dice, a grandes rasgos, que no se puede hacer lo que se hizo en Río Eventos días atrás. Los videos que circularon son claros y elocuentes. Se estaba bailando, algo que no está permitido, y el distanciamiento, por lo que se aprecia en los videos, no pareciera ser el adecuado.
¿Lo que le prohíben a los bares y cervecerías se lo permiten a los locales gastronómicos amigos?
¿El Municipio ya tomó cartas en el asunto o hará como con la fiesta clandestina de la que participó el Secretario de Seguridad Alejandro Cimiotta y la fiesta clandestina de la que participó el Secretario Matías Enz? O sea nada.
¿Anunciará públicamente las sanciones pertinentes de acuerdo a la legislación vigente o hará como en el caso de la fiesta clandestina organizada por el hijo del Secretario José María Orlando?
¿Qué tiene para decir el Concejal Walter Unrein?
Entre bueyes, ¿Habrá cornadas?¿O tendrá razón Manolito?


