En los últimos días circuló en el Municipio un ‘Reglamento Interno y normas de convivencia’ para reglar las relaciones laborales al interior de la Municipalidad.
Como si el gobierno local fuera una empresa privada pretenden establecer normas que no respetan siquiera quienes dicen estar obligados de hacer cumplir el texto en cuestión.
La razón de ser del Reglamento queda clara desde el segundo punto del texto, que especifica ‘Todo agente que ejecute actividades que no concuerden con este reglamento será pasible de sanciones.’, es decir, se hace lo que yo (Juan Cruz Luna, el que falsificó Decretos y que por ello tiene una denuncia ante la Justicia) digo o de patitas a la calle.
El objetivo central del texto es el punto 7, del que se desconoce si cuenta con el aval de los diferentes gremios con afilados en el ámbito municipal, que deberían estar en conocimiento del mismo puesto que avanza sobre derechos de los trabajadores, el que refiere a la confidencialidad. En realidad, este punto debiera denominarse complicidad en lugar de confidencialidad, puesto que para Luna ‘Se considera “información confidencial” a toda la información referida al proceso, asuntos internos, información técnica y práctica revelada o pueda ser revelada al agente de manera directa o indirecta ya sea en forma escrita y/o oral y/o digital y/o computarizada y/o cualquier otro medio utilizado de transmisión.’ (sic), es decir todo lo que ocurre en la Administración local.
En lugar de hacer pública toda la información y mantener bajo confidencialidad algo en particular, los campeones de la transparencia mantienen todo confidencial a menos que por escrito autoricen su difusión.
Lamento desilusionarlos, a tal punto es inútil el Reglamento y quienes pretenden implementarlo, que contamos con una copia del texto. Quizás porque aún no se firmó, el punto 7.3 denlo por caído.
Nos sorprendía y preocupaba el control cuasi policial del personal por parte de la gestión de Osvaldo Cáffaro y la gestión de Marcelo Matzkin decidió redoblar la apuesta e ir un paso más allá e institucionalizarlo. Especifican que ‘Cada secretaria se reserva la facultad de ejercer el control y auditoria periódica sobre los servicios informáticos del municipio a fin de determinar su uso para fines laborales.’ (sic), ¿cómo harán con el Intendente que twitea en horario laboral? ¿Serán las secretarias o las Secretarías?
Pretenden ser dueños de la vida del empleado municipal, pretenden decidir sobre la vida de los empleados más allá del horario laboral. ‘Dado que la Capacitación es un valor agregado que el agente lleva consigo y que es de gran utilidad para él y para el sector al cual brinda sus servicios, es obligación del agente asistir a los cursos de capacitación y atender a indicaciones de los superiores y de los técnicos o asesores que dicten la misma. Ello dentro del horario que el área lo disponga, a los fines de un mejor desarrollo de sus funciones y de poder adquirir conocimientos específicos sobre los distintos temas.’ mencionan en el punto 8.5, ‘dentro del horario que el área lo disponga’ no dentro del horario laboral. ¿Qué opinan los gremios sobre esto?
¿Y qué opinan de la disponibilidad que tienen que tener los empleados municipales que cuenten con teléfono de flota sin cobrar por dicha disponibilidad? El Reglamento prevé que ‘Por cualquier emergencia que pudiera ocurrir, los equipos deberán permanecer encendidos las 24 horas (cargarlo encendido).’ Los funcionarios cobran, y mucho, por dicha disponibilidad, ¿se la van a pagar también a los empleados?
El punto 10.1 señala ‘El agente, cuya tarea así lo requiera, podrá hacer uso de los vehículos para tareas municipales. Siempre con la autorización de su superior y dando aviso al Departamento de Logística.’, ¿esto incluye el Toyota gris al que le quitaron el ploteado para que lo utilice Juan Ignacio Novelli sin que se sepa que circula en un vehículo municipal?
Fijate Luna, que te están tomando la leche del gato…
Es tan grotesco el texto que por un momento dudamos de su verosimilitud, no se podía hacer algo tan mal, aunque hubo un detalle que demostró que, efectivamente, es un texto del Municipio. En el apartado ‘Sanciones y Medidas Disciplinarias’ se señala en el punto 11.2 ‘Algunas de las faltas pasibles de sanción serán: • Ingresar al establecimiento con elementos prohibidos indicados en el pto. 2.9’… pero el pto. 2.9 no existe.
Fijate Luna, se te escapó la tortuga.
Y muy lejos se te fue… así que, cuando la encuentres, andá revisando cómo nos hicimos con el texto ya que pretendés sancionar la ‘Destrucción de documentación física o digital, así como su difusión fuera del municipio sin expresa autorización por escrito de su superior.’
Y finalmente una duda, dicen que sancionarán la ‘Colocación de carteles, avisos, escritos o leyendas injuriantes, y la introducción y/o distribución del material impreso del mismo calibre.’, quizás por eso arrogándote funciones que no te corresponden prohibiste la colocación de material de campaña para las elecciones internas de uno de los sindicatos, la Asociación de Trabajadores del Estado, quizás por eso salió en Enlace Crítico. ¿Vas a aplicarle el Reglamento a Federico Doello?
Prohibiste que lo vieran algunos y ahora lo ven muchos.
¿Es cierto que a Retamozo, ex chofer de la ex Secretaria de Salud municipal Rosana Núñez, no lo dejaron colocar su cartel de difusión de la candidatura como delegado de ATE? ¿por qué? ¿lo que hicieron es legal? El Reglamento es ilegal…
Cierto es que de la mano de Luna y Cantlon, y con la complicidad y el silencio de muchos más, el Intendente entre ellos, se cometieron numerosas ilegalidades, ¿permitirán una nueva ilegalidad más?
‘Reproduzca esta información, hágala circular por los medios a su alcance: a mano, a máquina, a mimeógrafo, oralmente. Mande copias a sus amigos: nueve de cada diez las estarán esperando. Millones quieren ser informados. El terror se basa en la incomunicación. Rompa el aislamiento. Vuelva a sentir la satisfacción moral de un acto de libertad. Derrote el terror. Haga circular esta información’.
RODOLFO WALSH – AGENCIA CLANDESTINA DE NOTICIAS
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