Días atrás hablamos de los fallos de la Corte Suprema en relación a las candidaturas a gobernador de Juan Manzur en Tucumán y Sergio Uñac en San Juan, y decíamos que ‘el fallo de la Corte pone sobre el tapete una cuestión mucho más profunda que es la perpetuación en el poder de ciertos dirigentes políticos, tales los casos de Gildo Insfrán en Formosa, que busca su octavo período de gobierno consecutivo y que fue denunciado ante la Corte.
Estos son los casos más visibles y de indudable mayor impacto político, pero no son los únicos. El profesor Sergio Robles fue claro al respecto hace unos días, ‘Algunos de quienes fueron elegidos para responder ante el electorado sobre sus actos de gobierno se convierten en una especie de pequeños monarcas, con quienes el común de los vecinos no puede acceder, dejando de rendir cuentas a sus electores, disponiendo discrecional y arbitrariamente, de los recursos y de la información pública. Dejaron de ser servidores públicos, como la vida republicana exige.’
Y esta realidad se vive en numerosos Distritos donde los Intendentes se aferran al cargo por varios períodos argumentando que cuentan con el respaldo popular, ocultando adrede lo desigual de la competencia entre quien detenta el poder por transcursos temporales tan amplios y quienes pretenden acceder a él.
Esto es lo que ocurre en Zárate, donde la ambición de poder, negocios y negociados del Intendente Municipal, hizo que, por ejemplo, le mintiera a los vecinos con un falso nombramiento en el Ejecutivo Nacional cuando en realidad lo que se hacía era un atajo para intentar burlar la legislación vigente. Ambición que, por ejemplo, impidió que surjan nuevos liderazgos que busquen interpelar a la sociedad y ser su representación gubernamental.
Cierto es que la realidad de Osvaldo Cáffaro difiere de los casos sobre los que falló la Corte, porque es una jurisdicción inferior y porque la normativa que le impedía una nueva reelección fue suprimida por ley porque los políticos que la aprobaron tienen menos palabra que una película de Chaplin.
Pero ¿Quién puede dudar que el espíritu de los sucesivos fallos de la Corte, con diferentes composiciones de jueces, va en el sentido de acentuar ‘la virtud republicana de desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder al darle sentido a la noción de periodicidad de los mandatos’, según sus propias palabras?
¿Quién puede dudar que el accionar de Osvaldo Cáffaro va en el sentido exactamente opuesto a esa virtud republicana?’
Entendíamos que nadie podía dudar al respecto, incluso que nadie podía imaginar siquiera que era una competencia en igualdad de condiciones puesto que es una ilusión creer que existe tal posibilidad cuando se compite con alguien que ocupó el poder del Estado por los últimos 15 años y medio.
Algo parecido entendió el presidente del partido PAIS de la provincia de Buenos Aires Oscar Alva, quien se presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación pidiendo que se declare inconstitucional el artículo 4 de la ley 15.315 que reza ‘Los mandatos de Intendentes, Concejales, Consejeros Escolares, Diputados y Senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del año 2017 y 2019 serán considerados como primer período a los efectos de la aplicación de la presente Ley. En el caso de los mandatos que se hubieren iniciado como resultado de las elecciones del 2021, se computará como primer período sólo en el caso que no haya ejercido un mandato inmediato anterior’. Alva basa su razonamiento en que ‘No existen argumentos jurídicos razonables que permitan justificar la regresión normativa e institucional republicana que supondría otorgar a algunos pocos el privilegio de permanecer en el poder, mucho más aun, si consideramos a la democracia sustancial sostenida por los derechos fundamentales y los derechos humanos como la base de sustentación del estado constitucional y convencional de derecho argentino’, puesto que el artículo en cuestión ‘genera una objetiva afectación al principio republicano’ que viola el artículo 5 de la Constitución Nacional.
Y para garantizar una resolución concreta sobre su pedido solicitó ‘que se dicte una medida cautelar de no innovar mediante la cual se ordene la suspensión de la aplicación del artículo 4 de la ley 15.315 respecto de las PASO que se celebrarán en la Provincia de Buenos Aires el 13 de agosto de 2023 hasta tanto se dicte la respectiva sentencia de fondo en la presente causa’ puesto que si antes de esa fecha, la Corte Suprema no resuelve el planteo se volverá abstracto y por lo tanto los intendentes podrían ser reelegidos violando la norma.
Suma además Alva que ‘El régimen aprobado en 2016 configuró un avance progresivo respeto del viejo sistema en términos de garantía del sistema republicano y del sistema de derechos al impedir los deseos de perpetuidad en el ejercicio del poder, asegurar la renovación de la política y habilitar a la oposición la posibilidad real de convertirse en gobierno. La derogación de la interdicción de más de una reelección mediante la sanción de la ley 15.315 implicó desconocer el principio de progresividad y no regresividad institucional, el cual postula que una vez alcanzado un determinado estadío normativo de garantía institucional no es posible retroceder, a menos que se expongan argumentos razonables que lo justifiquen’, y previendo que haya quien cuestione su planteo, agregó que ‘si bien las provincias conservan toda la autonomía política que exige su sistema institucional, esto no impide la intervención de la Corte Suprema de Justicia en los supuestos en que se verifique un evidente menoscabo del derecho federal’.
¿Alguien puede creer que, en una competencia electoral, tienen las mismas posibilidades un ciudadano del común que otro que gobernó durante más de tres lustros el distrito?
La realidad es que no, pero no es menos cierto que a tan poco tiempo de la elección la utilización política de los planteos es indudable.
Porque lo que está en disputa, en última instancia, es el respeto (o no) de las normas, y la realidad es que la reforma fue legal, ilegítima, pero legal. Cuando se aprobó la ley 14.836, se aprobó una disposición transitoria para limitar las reelecciones y se dispuso que el período en ejercicio de mandato de los intendentes a la entrada en vigencia de la ley se consideraba como primer período a los efectos de la reelección, la ley 15.315 retrocedió en dicho planteo.
Pero pasó más de un año y medio desde la sanción de la ley. ¿Por qué el planteo se hace ahora entonces? Por oportunismo político, como por oportunismo era la trampa que habían diseñado muchos Intendentes de pedir licencia para ocupar otros cargos a fin de falsear el espíritu de la ley. Incluso cuando no se ocuparan esos cargos, como fue el caso del propio Osvaldo Cáffaro. Todo oportunismo político al que nos tiene acostumbrado la realidad argentina. La política no está al servicio de la gente sino para servirse de la gente.
La realidad es que pese a que Maximiliano Abad, por ejemplo afirme ‘Entendemos la importancia para la calidad democrática de la alternancia. Pero en la política uno debe hacer lo que corresponde’, en la práctica hacen lo que les conviene. De hecho el propio Abad votó ambas leyes, una cosa y lo contrario, lejos está de la premisa fijada por Leandro que reza ‘En política, como en todo, se hace lo que se debe, y cuando lo que se puede hacer es malo, ¡no se hace nada!’, lo suyo estuvo más cerca del ‘si no puedes contra ellos, úneteles’.
Aunque justo es decir que suele ser una práctica propia de toda la dirigencia política, incluida la que ocupa el Poder Judicial.
¿Qué hará la Corte Suprema ante el nuevo planteo? ¿Tendrá Aval el mismo peso que los dirigentes de Juntos por el Cambio de Tucumán y San Juan? ¿Avanzará la Corte en su criterio hacia instancias inferiores?
¿Estarán los dirigentes a la altura de las circunstancias y harán lo que deben hacer? Se vienen días frenéticos y todas las posibilidades son posibles.
Mientras tanto ¿Osvaldo Cáffaro qué hará? ¿Querrá ir por la reelección? Por primera vez desde que es Intendente la ciudadanía no descuenta su triunfo, y eso es mucho. ¿Estará dispuesto a participar de una interna en el Frente de Todos? ¿Estará dispuesto a enfrentar a Juntos por el Cambio?
Si quiere ‘jugar limpio’ debería pedir licencia para obligarse a cumplir la ley, algo que sabemos no suele hacer.
Lo dijimos hace unos días ‘Todo está por develarse en el próximo mes que tenemos por delante. Allí comenzará a jugarse lo que ocurrirá en los siguientes cuatro años, y es importante que nos involucremos en el juego. Al fin de cuentas se trata de nuestro futuro.
El tiempo es veloz, y cada vez corre más rápido.’
‘Reproduzca esta información, hágala circular por los medios a su alcance: a mano, a máquina, a mimeógrafo, oralmente. Mande copias a sus amigos: nueve de cada diez las estarán esperando. Millones quieren ser informados. El terror se basa en la incomunicación. Rompa el aislamiento. Vuelva a sentir la satisfacción moral de un acto de libertad. Derrote el terror.’
RODOLFO WALSH – AGENCIA CLANDESTINA DE NOTICIAS