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    ¿En serio quieren implementar el estacionamiento medido a partir de las facultades que ‘les da’ una dictadura?

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    By principedelmanicomio on 22 febrero, 2023 Artículos periodísticos

    El golpe de Estado de 1930 trajo inconvenientes hasta a quienes lo llevaron adelante, uno de los más importantes consistía en como dotar de legalidad a los hechos emanados de una organización ilegal. Esta situación fue rápidamente resuelta por una acordada de la Corte Suprema de 1930 que a petición del dictador José Uriburu señaló que las acciones de las fuerzas militares y policiales eran ‘necesarias para asegurar la paz y el orden de la Nación’ y que éstas se habían comprometido a mantener ‘la supremacía de la Constitución y de las leyes del país’, por lo que se le reconocía a quienes habían usurpado el gobierno la capacidad de gobernar.

    Pasó el tiempo y esta lógica se mantuvo, de hecho la Corte Suprema peronista de 1990 señaló que el debatir la legalidad o no de los actos legales emitidos por dictadores ponía en juego la seguridad jurídica y que, si se cuestionara la legitimidad de los actos de la dictadura, ‘la vida social se vería seriamente trastornada en Argentina si sus habitantes tomaran conciencia de que los tribunales entienden que en el país hay miles de leyes y varios centenares de miles de decretos, actos administrativos, contratos públicos, y sentencias así como numerosos tratados provenientes de períodos de facto que sólo tienen apariencia de tales porque, en rigor, están viciados de ilegitimidad (…)’.

    Está lógica se truncó a futuro con la reforma constitucional de 1994, que incluyó en el primer párrafo del artículo 36 la nulidad de todo acto de un gobierno de facto afirmando ‘Esta Constitución mantendrá su imperio aun cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Estos actos serán insanablemente nulos’. Pero sin embargo aún hay mucha legislación dictatorial vigente.

    A nivel municipal quizás el caso más notorio es la Ley Orgánica de Municipalidades, que de hecho no es una Ley sino un Decreto Ley que fue modificado infinidad de veces por gobiernos democráticos… pero aún sigue vigente. ¿Por qué será que no se dicta una nueva ley que modernice la redacción e incluya las sucesivas modificaciones que se realizaron? Pero no es el único caso.

    En la realidad cotidiana zarateña no se puede saber a ciencia cierta cuáles son las normas emanadas de períodos dictatoriales porque no hay un Digesto Municipal disponible para que la ciudadanía conozca cuáles son las normas vigentes. Bueno, la realidad es que el Digesto existe, lo que no existe es la posibilidad de los ciudadanos de poder acceder a él. ¿Y por qué no existe? Porque al Gobierno municipal, con la complicidad del resto de los actores políticos y sociales no le interesa que se sepa cuáles son las reglas del juego, porque si así fuera quedarían expuestos cuando incumplen dichas reglas.

    Un ejemplo, la Ordenanza 1926 del 17 de setiembre de 1979, también de la dictadura, en la que se decía ‘La Municipalidad no podrá cambiar el destino actual del inmueble quedando obligada a continuar con esas prestaciones’. ¿Cuál era el inmueble en cuestión? El que donó la Sociedad Protectora de los Pobres de Zárate para la conformación del Hogar de Ancianos. Esta donación fue ratificada por la Ordenanza 1935. Por eso el Hogar de Ancianos no puede dejar de ser lo que era, sin embargo durante la pandemia el Gobierno de Osvaldo Cáffaro, amparado en la emergencia, lo destinó a un Centro de Aislamiento, y desde entonces no cumple ninguna función, aunque ideas al respecto hay muchas… y ninguna incluye a los ancianos. O sea que como siempre no se cumplen las normas y se busca un interés particular.

    Entonces cuando se combinan ambas realidades, el futuro es complejo para el vecino. Y el Gobierno Cáffaro lo sabe y las combina, esconde las normas vigentes para imponer sus propias reglas como lo hacía el dueño de la pelota cuando éramos chicos, y apela a normas dictatoriales en beneficio propio, pese a renegar públicamente de tales normas.

    Se llenan la boca hablando contra el accionar dictatorial pero se sirven de él cuando les conviene… aunque esto no convenga a los vecinos.

    Es por ello que para poder cubrirse por no haber hecho lo que correspondía el Ejecutivo Municipal apela a la Ordenanza 2100 del 19 de abril de 1983, mientras Argentina estaba en guerra, aprobada por unanimidad de uno, el Intendente de la Dictadura Osvaldo Cavaglia.

    En ella el dictador decía ‘Facúltase al Departamento Ejecutivo para establecer, modificar, suspender o suprimir los aspectos que se relacionan con el sistema de estacionamiento medido, y especialmente las calles incluidas, el horario en que regirá, las excepciones a otorgarse en favor de determinados vehículos o usuarios, y el costo de cada tarjeta para estacionamiento,’ y el Ejecutivo local se sirve de lo hecho y dicho por la dictadura para avanzar en un negoci(ad)o.

    ¿Quién faculta? ¿A quién? ¿En serio quieren implementar el estacionamiento medido a partir de las facultades que ‘les da’ un dictador? ¿Es joda?

    A propósito… ¿Cuántas normas de dictaduras rigen hoy el accionar cotidiano de los zarateños? ¿Cuántas otras sorpresas como esta puede haber?

    Hagan lo que tienen que hacer y actúen ajustados a Derecho.

    Más Derecho y menos derecha.

    ‘Reproduzca esta información, hágala circular por los medios a su alcance: a mano, a máquina, a mimeógrafo, oralmente. Mande copias a sus amigos: nueve de cada diez las estarán esperando. Millones quieren ser informados. El terror se basa en la incomunicación. Rompa el aislamiento. Vuelva a sentir la satisfacción moral de un acto de libertad. Derrote el terror. Haga circular esta información’.

    RODOLFO WALSH – AGENCIA CLANDESTINA DE NOTICIAS
    Corte Suprema Dictadura Digesto Municipal Estacionamiento medido Golpe de Estado Hogar de Ancianos Osvaldo Cáffaro
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    4 comentarios

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    3. registro da binance on 18 septiembre, 2025 6:08 pm

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