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    Para alquilar balcones

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    By principedelmanicomio on 24 noviembre, 2022 Artículos periodísticos

    Hoy se realizará la 18va. sesión pública ordinaria del Concejo Deliberante y para variar violarán el Reglamento Interno. Una vez más, y por enésima vez, los concejales deberán considerar las Actas de Sesión N° 1061, 1062 y 1063… aunque viendo el vaso medio lleno, hay que reconocer que Doti D’Acosta cumplió su trabajo por primera vez desde su nombramiento, y las actas están disponibles en la web antes de la sesión. Peor es nada.

    Tras la aprobación de las actas, porque nadie hace las cosas que debe hacer, el punto 4 del Orden del Día corresponde a Asuntos Entrados – Comunicaciones Oficiales, es decir los expedientes que envía el Departamento Ejecutivo o cualquier organismo oficial al Concejo Deliberante y en esta sesión ingresarán tres, dos darán que hablar, los expedientes 563, 564 y 567.

    El expediente 563/22 incluye la nota por la que el DEM eleva el Cálculo de Recursos, Presupuesto de Gastos, Planilla Complementaria de ENDEZA Año 2023 y Ordenanza Complementaria. En próximas notas analizaremos el texto, pero hay que mencionar al respecto que el mismo es de un monto total de $ 13.800.000.000, un 110,9% más que el del año en curso, monto que se alcanza dado que  ‘las partidas presupuestarias integradas a este Presupuesto han sido analizadas evaluando gastos correspondientes a años anteriores, con la mayor justeza y en procura del cumplimiento y satisfacción de las demandas de comunidad.’

    El texto del presupuesto aún no está disponible en la web, tan solo está la Ordenanza Complementaria, y en ella se consigna ‘Fijase en la suma de pesos sesenta y cinco mil setenta y tres con 40/100.-($ 65.073,40), sueldo mínimo para los agentes municipales mayores de 18 años de edad que cumplan el horario normal completo (equivalente a 35 horas semanales) de la Administración Municipal al 1° de Enero del 2023.’, es decir, aquel mes cobrarán $ 2957,88 diarios, o lo que es lo mismo, $ 422,55 por hora… mientras el Intendente, además de su sueldo, cobrará $ 210.000 mensuales en concepto de gastos de representación. Toda información preocupante aunque no tanto como la preocupación por la salud de Osvaldo Cáffaro al ver su firma al pie de la nota, con un trazo poco firme y muy dispar a las firmas de su autoría en otros proyectos. ¿Está bien de salud el Intendente? ¿Tiene problemas de pulso? ¿O no firmó Cáffaro?

    El segundo expediente que entendemos debería dar que hablar es el 564, por el que el Departamento Ejecutivo pide la Modificación de la Ordenanza Impositiva. En dicha Ordenanza, curiosamente, el Ejecutivo pide la adecuación del valor del módulo. Reza el proyecto oficial ‘Fijase el valor del módulo en pesos ciento setenta ($ 170.-), a partir del 1 de enero de 2023 y hasta nueva modificación’. Lo llamativo del caso es que es un incremento por debajo de la actualización por inflación, que para un valor de $ 50 en enero de 2020 según la ordenanza correspondiente que se cita o ¿Está mal la cita?, fecha de implementación de la última actualización del valor del módulo, a octubre de este año debiera actualizarse a $ 181,47… y sin embargo el Ejecutivo propone actualizarlo por debajo de ese valor a 1 de enero de 2023. Como correspondelegalmente, esta norma debe contar con el apoyo de la Asamblea de Mayores Contribuyentes. Considerando que la modificación del valor del módulo implica la adecuación de todos los ingresos que tiene el Municipio en concepto de tasas, y recordando que el pasado año no logró el apoyo para poder adecuar dicho monto, ¿Logrará conseguirlo en esta oportunidad? El tiempo lo dirá.

    Y finalmente, el tercer expediente en cuestión es el 567, presentado en la web del Concejo Deliberante sucintamente bajo el título ‘Prorrogando Contrato de Concesión Municipal de distribución de energía eléctrica y alumbrado público’, sin estar disponible el texto del mismo para los vecinos.

    ¿Qué pide el Ejecutivo? Ratificar ‘el plazo previsto en el Artículo 3 del Contrato de Concesión Municipal de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica y de Alumbrado Público, aprobado por la Ordenanza Municipal N° 3114/97.’

    ¿Qué dice la Ordenanza Municipal N° 3114/97? Autoriza ‘al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos Ltda. de Zárate el Contrato de Concesión Municipal del Servicio Público de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica y de Alumbrado Público.’

    ¿Qué menciona el artículo 3 del Contrato de Concesión Municipal de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica y de Alumbrado Público? ‘La CONCEDENTE otorga la concesión del SERVICIO PÚBLICO en el AREA de CONCESION y la CONCESIONARIA la acepta, por un plazo de VEINTICINCO (25) AÑOS, contados a partir de la ENTRADA EN VIGENCIA. El CONTRATO podrá ser prorrogado por DOS (2) períodos de TREINTA AÑOS cada uno a petición de la CONCESIONARIA.’

    En criollo, el Municipio mandó un proyecto al Concejo Deliberante para extender por 30 años la concesión para la prestación del Servicio Público de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica y de Alumbrado Público en todo el Partido de Zárate a la Cooperativa Eléctrica… con razones más que opacas para justificarlo, y todas ellas en favor del proceder de la Cooperativa y no de los vecinos.

    Como ejemplo baste decir que el Municipio fundamenta, por ejemplo, la necesidad de ampliación del período de la concesión en que la obra que propone realizar la Cooperativa para la ampliación de la capacidad de transporte de energía ‘implican inversión del orden de los setecientos millones ($ 700.000.000.-) con un plazo de construcción de veinticuatro (24) meses, aproximadamente, para lo cual se necesita llamar a una licitación internacional con todo lo que ello implica; licitación, plazo de obra e inversión este estado de incertidumbre o laguna jurídica de cuánto es el plaza de concesión, la cooperativa que a la fecha tiene treinta y nueve mil socios dueños (39.000) que todos los años piden rendición de cuentas, no puede realizarlos.’ Si tuvieran el mismo afán para con los casi 100.000 ‘socios’ electores o los casi 140.000 ‘socios’ habitantes del Distrito, otro gallo cantaría.

    Pero atención, porque el artículo que fija la cuestión de la prórroga de la concesión, que actualmente está vencida, no es el 3 sino el 5, que establece que ‘La CONCESIONARIA podrá solicitar la prórroga del contrato de concesión mencionada en el Artículo 3 con una anticipación no menor de dieciocho meses a su vencimiento. Si no lo hiciera en el término señalado, quedará concluida la concesión a su vencimiento. Vencida la concesión o su prórroga, o si la CONCEDENTE no aceptara la misma, o no se diera solución a la expropiación prevista por el art. 238 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, contemplada a su valor de mercado a la fecha de expropiación salvo que la Municipalidad optare por el procedimiento previsto en el art. 13 del presente, la CONCESIONARIA, queda obligada a seguir prestando el servicio en las mismas condiciones del contrato vencido por El término de tres años o hasta tanto se formalice un nuevo contrato dentro de dicho término. En caso de que la CONCESIONARIA no solicitara prórroga o formalizara nuevo contrato de concesión y el CONCEDENTE no estuviere en condiciones de proceder a la expropiación que pudiere corresponder o no ejerciera la opción prevista en el art. 13, la CONCESIONARIA deberá continuar en iguales términos y plazo antes mencionados con el suministro de energía, hasta tanto se logre la transferencia de la concesión con las formalidades de estilo, con respecto a los derechos adquiridos.’ ¿La Concesionaria, ces’t a dire la Cooperativa, solicitó la prórroga del contrato de concesión mencionada en el Artículo 3 con una anticipación no menor de dieciocho meses a su vencimiento? ¿Lo hizo ante el Concejo Deliberante que es quien otorga la concesión? ¿Se está cumpliendo el plazo de los tres años fijado en este mismo artículo? ¿Este era el trasfondo de las reuniones y los actos compartidos entre el Presidente de la Cooperativa Eléctrica José Luis Mangini y el Intendente Municipal Osvaldo Cáffaro?

    Todo muy poco claro, todo muy caffarista.

    Todo esto, entre otros temas, van a ingresar en la sesión del Concejo Deliberante.

    Comienza un período en el Deliberativo que, si hace lo que debe hacer, será para alquilar balcones porque deberán discutirse modelos de Distrito, de Gestión y de Política para los próximos años.

    ¿Estarán los concejales a la altura de lo que el momento demanda? Difícil imaginarlo. Ojalá así sea.

    Cooperativa Eléctrica de Zárate Honorable Concejo Deliberante José Luis Mangini Juan Carlos Doti D'Acosta Ordenanza Complementaria Ordenanza Fiscal Ordenanza Impositiva Osvaldo Cáffaro Presupuesto Reglamento Interno
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