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    El Tribunal de Cuentas le puso el sello a una rendición que, cuando la aprobó, todavía no existía del todo

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    By principedelmanicomio on 4 julio, 2026 Artículos periodísticos

    Hay expedientes que uno lee y necesita releer, porque la cronología no cierra por ningún lado. Este es uno de esos. El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires falló, el 14 de mayo de 2026, sobre la rendición de cuentas del ejercicio 2024 de Aguas de Zárate SAPEM. El detalle no menor es que, según consta en el propio expediente, esa rendición llegó incompleta, y el único trámite societario que podía darle algo de respaldo formal, la Asamblea de accionistas que aprueba los balances, recién se hizo el 30 de abril de 2026. Es decir: un año entero después de cuando tendría que haberse hecho. Y ni siquiera esa aprobación tardía llegó a tiempo al expediente que el Tribunal estaba resolviendo.

    Vamos a desarmar esto con calma, porque el enredo tiene varias capas y cada una es más incómoda que la anterior.

     

    ⏰ El reloj que nadie respetó

    El artículo 234 de la Ley 19.550 es clarísimo en su último párrafo: la asamblea que trata el balance general y el estado de resultados debe convocarse dentro de los cuatro meses del cierre del ejercicio. Para el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2024, la Asamblea tendría que haberse celebrado, como máximo, a fines de abril de 2025.

    ¿Cuándo se hizo realmente? El 30 de abril de 2026. Un año de atraso, ni un día más ni un día menos, como si alguien hubiera puesto el mismo día del calendario pero cambiado el año a propósito.

    Y el otro plazo que corre en paralelo es el que fija la Resolución N° 4/2024 del propio Tribunal de Cuentas: la SAPEM debe presentar su rendición de cuentas anual antes del 15 de mayo de cada año. Para el ejercicio 2024, ese vencimiento vencía el 15 de mayo de 2025. En esa fecha, según el propio fallo del HTC, la Sociedad no había acompañado ni la constancia de convocatoria a la Asamblea, ni el Acta de Asamblea aprobatoria de los estados contables, ni las constancias de publicaciones exigidas por la Ley 19.550, ni la constancia de presentación de la Declaración Jurada de Ganancias ante AFIP-ARCA, ni la constancia de presentación de la Memoria y el Informe del Auditor ante el mismo organismo y ante el municipio. Todo esto está listado, punto por punto, en el Considerando Cuarto del Fallo 228/2026.

     

    🧩 Una rendición que se aprobó… incompleta

    Acá está lo más llamativo de todo: pese a esa lista de faltantes, el Tribunal terminó resolviendo, en su Artículo Primero, aprobar la rendición de cuentas del ejercicio 2024, aunque el texto aclara que lo hace ‘con estricta sujeción a los elementos auditados’ y ‘con los alcances que en cada considerando se exponen’. Traducido: aprobaron lo que había, sabiendo, y dejándolo por escrito, que faltaba una parte sustancial. No es una aprobación limpia; es una aprobación con la salvedad explícita de que el expediente estaba incompleto.

    Y no todos los integrantes del Tribunal estuvieron cómodos con esa salida. El vocal contador Ariel Héctor Pietronave presentó una disidencia formal, a la que adhirió el vocal Gustavo Eduardo Diez, argumentando textualmente que la ausencia de una rendición de cuentas ‘integrada y ajustada en todos sus aspectos significativos’ y la falta de tratamiento por parte del Departamento Ejecutivo lo llevaban a sostener que el Tribunal no contaba con los elementos de juicio para aprobar sin más la cuenta. Su propuesta era otra: constituir una reserva sobre el tema hasta que se presentara la documentación completa. Perdió esa votación, tras un nuevo sorteo de vocales para destrabar el empate, pero quedó registrada en el fallo, con nombre y apellido, la posición de que aprobar esto así como estaba no era prudente.

     

    📅 La Asamblea que llegó cuando ya casi no importaba

    Ahora el otro lado de la historia. El 30 de abril de 2026, dos semanas antes del fallo, finalmente se reunió la Asamblea General Ordinaria de accionistas de Aguas de Zárate en su sede de Esmeralda 710. En el Orden del Día figuraba un combo generoso: la aprobación de la documentación del artículo 234 inciso 1° para los ejercicios 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025, sí, los cinco ejercicios al unísono. Pero cuando se llegó al momento de leer y aprobar efectivamente los balances, el Acta dice algo más acotado: se trataron solamente los ejercicios 2024 y 2025. Los años 2021, 2022 y 2023 quedaron mencionados en la convocatoria, pero no consta que hayan sido efectivamente aprobados en esa reunión ni en ninguna otra, según la documentación disponible.

    O sea que, si uno hace la cuenta con calendario en mano: la Asamblea que finalmente le puso el sello a los números de 2024 se hizo un año después del plazo legal, dos semanas antes del fallo del Tribunal, y aun así, según el propio expediente, esa acta nunca llegó a incorporarse a la rendición de cuentas que el Tribunal estaba evaluando. El informe complementario de la Auditoría de Delegación, mencionado en el Fallo, es tajante: al momento de resolver, la Sociedad seguía sin haber aportado el Acta de Asamblea, por lo que el punto ‘no se considera regularizado en esta instancia’. Dicho de otro modo: la reunión existió, el papel se firmó, pero al organismo de control nunca le llegó.

    💸 Igual, alguien tuvo que pagar

    Por todo este combo de faltantes, incluida la ausencia del Acta de Asamblea, la falta de presentación ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y la ausencia del decreto del Departamento Ejecutivo aprobando o desaprobando la gestión. el Tribunal aplicó multas de $970.000 al intendente Marcelo Matzkin y $970.000 al entonces presidente del Directorio, Fernando César Carbone, además de amonestaciones a los síndicos Karina Sforza y Patricio Diez, y un llamado de atención al actual presidente, Iván Rodrigo Gómez Gerez.

    Es un detalle que vale la pena remarcar: se sancionó a los responsables por no presentar a tiempo lo que, cuando finalmente se hizo, tampoco llegó a tiempo al expediente. La multa no borra el problema de fondo; en todo caso, lo confirma con sello oficial.

     

    ✉️ Y en el medio, la carta documento de utilería

    El descargo del intendente Matzkin ante el Tribunal de Cuentas manifiesta que, frente a la falta de presentación en tiempo y forma, envió a la Sociedad una carta documento, número CD346990517, despachada el 30 de octubre de 2025, con seis meses de retraso de su fecha máxima de realización, intimándola a presentar la rendición del ejercicio 2024 en cinco días, bajo apercibimiento de dar aviso al Tribunal y de promover la remoción de las autoridades de la empresa. Dijo que quedaba a la espera de que se presentara ‘para su análisis’, y que de no cumplirse, tomaría ‘las medidas por los carriles administrativos correspondientes’.

    Esa carta se despachó en octubre de 2025. La Asamblea recién se reunió seis meses después, en abril de 2026. Y de las ‘medidas por los carriles administrativos correspondientes’ que el intendente prometía si no se cumplía, no hay rastro documentado en el expediente. Vale recordar, además, que el propio Municipio es controlante del 90% del capital accionario de la Sociedad, representado en la Asamblea por el mismo funcionario, Alejandro Semmartín, en nombre del intendente, así que la carta documento terminó siendo, en los hechos, una intimación de la Municipalidad a una empresa que la Municipalidad controla mayoritariamente. O sea un bluf para la tribuna, aunque con el culo sucio.

     

    💰 Sobre los sueldos: lo que el Acta sí dice

    Lo que sí resolvieron retroactivamente en la Asamblea fueron los sueldos ‘multimillonarios’ de las autoridades de la SAPEM. Lo que sí figura, letra por letra, en el Acta del 30 de abril: la Asamblea avaló remuneraciones ya pagadas durante 2024 y 2025 de hasta once sueldos mínimos municipales para el Presidente del Directorio, siete para el resto de los directores y dos para el director por acciones clase ‘B’, y fijó ese mismo esquema para todo 2026, ‘hasta una nueva Asamblea que los modifique’. Traducido: no hay un número fijo en pesos ahí adentro, hay un múltiplo del sueldo básico municipal, que cada quien puede multiplicar como prefiera.

    Rendición de Cuentas no, pero los sueldos sí. Lo importante es lo importante.

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    RODOLFO WALSH – AGENCIA CLANDESTINA DE NOTICIAS

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