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    Más publicidad y menos propaganda

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    By principedelmanicomio on 17 diciembre, 2020 Artículos periodísticos

    Si bien para muchos son sinónimos, no es lo mismo dar publicidad de los actos de gobierno que hacer propaganda de ellos. Mientras la primera busca dar accesibilidad del accionar gubernamental a la ciudadanía, la segunda busca adoctrinar a partir de ellos. Mientras el primero procura el discernimiento, el segundo busca el apoyo. Mientras el primero busca dar a conocer, el segundo busca convencer. Hay casos en los que es notorio el objetivo, como cuando se promueve el cambio de imagen con la que el gobierno comunica, o cuando pretende identificarse el accionar gubernamental con el nombre de quien está al frente del mismo de manera temporal.

    La cuestión central es que mientras la publicidad presenta los actos de gobierno, la propaganda posa su atención sobre un recorte parcial de los hechos, que se presentan de una manera tal que la ciudadanía no pueda pensar los hechos, sino consumirlos de acuerdo al pensamiento que previamente realizó quien emite la propaganda. Mientras la publicidad invita al debate y la evaluación, la propaganda convoca al consumo y la alienación.

    Veamos algunos ejemplos. El pasado lunes el Municipio promocionó la promulgación de dos ordenanzas, la 4820 y la 4830, en un claro ejemplo de propaganda en donde el Municipio busca comunicar que el incumplimiento de las normas traerá como consecuencia ‘severas sanciones’. Pero como decíamos, en el caso de la propaganda se busca posar la vista en determinadas cuestiones, por ejemplo se menciona la vigencia de ambas normas pero no se dice nada de las nueve ordenanzas promulgadas entre ellas. Mucho menos se conocen los textos de dichas ordenanzas puesto que, una vez más, la página web del Concejo Deliberante no está actualizada.

    Tampoco puede conocerse el texto de los decretos promulgatorios firmados por el Intendente Municipal, puesto que pese a que la Ordenanza 4645 establece que ‘Serán funciones específicas de la Dirección Técnica Legal, dependiente la Subsecretaría Legal y Técnica […] Registrar y dar a publicidad en el BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL […] en el sitio de internet Oficial de la Municipalidad de Zárate, asegurando su acceso libre, gratuito e irrestricto por parte de la Ciudadanía’, las ordenanzas no se pueden consultar libremente ni en forma irrestricta.

    Y esto no es un descuido de los funcionarios sino un accionar deliberado puesto que si publicaran las normas quedaría expuesto el relato mentiroso que pretende imponer la runfla a cargo de los estamentos públicos municipales que han hecho de la mentira y la chapucería su razón de ser. No dan a publicidad los actos de gobierno, solo muestran lo que les interesa mostrar.

    Hablan de la ‘Prohibición de fiestas privadas, ilegales, clandestinas en el Partido de Zárate’ mientras incumplen la propia Ordenanza.

    Dicen que ‘Está PROHIBIDA la venta y el uso de PIROTECNIA SONORA en el partido’, pero no hacen nada por hacer cumplir la norma.

    Todo es una puesta en escena que no tiene anclaje en la realidad (y quizás el mayor y mejor ejemplo sean los anuncios de fumigación), porque lo único que se busca es hacer como que se hace algo, cuando en realidad no se hace nada. Si así no fuera habrían aplicado el artículo 10 de la Ordenanza 4830, del que no hablan, y que estipula que ‘para el caso de que quien resultara imputado como responsable según el Acta de Constatación en los términos del inc. A) del precedente Art. 6 no compareciera a la audiencia que se fije para que realice su descargo en los términos de ley, el Juez de Faltas interviniente queda facultado para dictar sentencia sin más trámite, en cuyo caso deberá tener como responsable de la fiesta privada ilegal o clandestina a quien resulte titular del inmueble donde la misma hubiera tenido lugar conforme la información que, al respecto, surja de los registros municipales’ vulnerando el principio de inocencia. A propósito, dado que en el Municipio de Zárate hay dos Juzgados de Faltas, cuyos titulares son un hombre y una mujer, sería oportuno ser inclusivo en la redacción de las normas y no se excluya, por ejemplo, a la Dra. María Florencia Robbiano.

    Si aplicaran este artículo, como debieran haber aplicado la ordenanza de obligatoriedad del uso de barbijo cuando la Diputada Moyano y el Concejal Ríos, por ejemplo, no los utilizaron, si no comparecían, ¿A quién hubieran sancionado? ¿A Nuevo Zárate?

    Para construir una sociedad democrática en serio es necesario que los ciudadanos tengan acceso a la información de gobierno, a todas las normas, a todos los datos que no sean secretos (que no debería haber). Solo así se puede evaluar una gestión de gobierno. Las acciones de propaganda solo buscan adoctrinar y necesitamos promover una ciudadanía pensante y no una masa amorfa y acrítica a la cual someter con mentiras.

    Ariel Ríos Boletín Oficial Florencia Robiano FumiCenter Honorable Concejo Deliberante Nuevo Zárate Osvaldo Cáffaro Patricia Moyano Publicidad oficial
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