Tras la sesión del 18 de junio de 2020 el Concejo Deliberante de Ramallo presentó una consulta ante la Auditoría General de Gobierno para clarificar el proceso de reemplazo del concejal Diego Ramírez, quien había pedido licencia. El planteo era similar al que se vivió hace unas semanas en Zárate respecto a si el reemplazo se debe efectuar respetando la pautado por la ley o si debe considerarse el género del reemplazante en pos de mantener la misma proporción en la composición del Cuerpo.
El 8 de julio, info3407 informó que ‘La Asesoría General de Gobierno respondió a la consulta realizada por el Concejo Deliberante local. En su dictamen, de cuatro páginas, avaló lo actuado por el Concejo Deliberante local y aseguró que “el procedimiento llevado a cabo por ese Concejo Deliberante a efectos de reemplazar al edil Diego José RAMÍREZ resulta ajustado a derecho”. De esta forma, el organismo desechó el planteo realizado por el cuarto candidato de la lista de Frente Renovador- 1 País, Claudio Caprodossi quien había hecho una presentación pidiendo que se respete la paridad de género por lo cual, para este caso de licencia de un concejal del sexo masculino, debería ser reemplazado por otra persona del mismo género. Sin embargo, la Asesoría General de Gobierno indicó que el mecanismo de reemplazo de los “ediles en el Concejo Deliberante -ya sea por vacancia, licencia, suspensión del titular o en los supuestos de reemplazo del Intendente-, se produce automáticamente por el suplente que lo sigue en primer término”.’
Es decir que imaginando que la consulta se realizó el mismo día 18 de junio y que la respuesta se dio el mismo 8 de julio, situación bastante improbable en ambos casos, habrían transcurrido quince días hábiles.
¿Cuál es la realidad en Zárate? En la mañana del 26 de mayo el Concejo Deliberante aprobó un Decreto, que por supuesto no se hizo público, propuesto por el concejal Leandro Matilla que validaba lo que él mismo había hecho sobre esta temática hasta entonces y en el tercer artículo fijaba ‘Por secretaria remítase el presente decreto para que se expida emitiendo opinión no vinculante, la Asesoría General de Gobierno’ (sic). Hoy se cumplen 15 días hábiles desde la aprobación, el mismo plazo que se demoró el dictamen en el caso de Ramallo, por lo que es de suponer que, si realmente se hizo la presentación, la Asesoría General de Gobierno se remitirá a lo ya resuelto en el caso Ramallo.
¿Juan Carlos Doti envió la consulta a la Asesoría General de Gobierno? ¿Cuándo lo hizo? ¿Cuál es el número de expediente bajo el que se tramita dicha consulta? ¿Por qué no se hizo pública la misma?
Si se cumplió con lo dispuesto por el Decreto de Presidencia del HCD debería estar por salir el Dictamen de la Asesoría General de Gobierno, aunque hay una cuestión más que curiosa.
Supuestamente se pide a la Asesoría General de Gobierno que ‘se expida emitiendo opinión no vinculante’, ¿Qué es lo que la tornaría vinculante? ¿Qué diga lo que uno quiere que diga? ¿Cómo defenderán, llegado el caso, un accionar contrario a lo que dictamine la Asesoría General de Gobierno?
Al igual que en la consulta no vinculante de Lima para supuestamente elegir candidato a Delegado Municipal, este tipo de planteos solo buscan una puesta en escena que no aporta nada a la construcción de ciudadanía y democracia puesto que solo se escucha si valida los argumentos prefijados, caso contrario se la desoye.
Los concejales pueden dar un paso importante en pos de mejorar la práctica democrática en el HCD y trabajar de manera transparente publicando la consulta y la respuesta, cuando se haya emitido.
Y si no está en sus manos hacerlo, deben exigir a quien puede hacerlo que lo haga.
La Asesoría General de Gobierno tiene la palabra, los concejales el deber de ponerla al servicio de los vecinos.
